Granada

revoca el fallo emitido el pasado mes de junio por el Juzgado de lo Penal 1 de Motril

La Audiencia absuelve a Benavides del delito de coacciones contra la TV local por el que fue condenado

martes, 09/02/2010 16:32

 Enviar Imprimir  EFE

La Audiencia de Granada ha absuelto al alcalde de Almuñécar, Juan Carlos Benavides (CA), del delito de coacciones supuestamente cometido contra la adjudicataria de la televisión municipal por el que fue condenado a 28 meses de cárcel por el Juzgado de lo Penal 1 de Motril.

El tribunal encargado de revisar el recurso de apelación interpuesto por el alcalde contra la sentencia que lo condenó revoca el fallo emitido el pasado mes de junio por el Juzgado de lo Penal 1 de Motril y absuelve al acusado del delito en cuestión "con todos los pronunciamientos favorables", han informado el Ayuntamiento.

La sentencia emitida por el Juzgado de Motril condenaba a Benavides a 28 meses de prisión por un delito de coacciones, supuestamente cometido contra la adjudicataria de la televisión municipal en 2004.

La sentencia consideraba que Benavides atacó la libertad de expresión e información de la empresa al "ordenar" o "consentir" los cambios de cerradura y el corte de fluido eléctrico de sus instalaciones.

En aquel fallo, el juez señalaba además que el alcalde estaba "al corriente de todo" y que con su modo de actuar vulneró los derechos fundamentales de la mercantil Medios Informativos Costa Tropical S.L. "impidiéndole el normal desarrollo de producción y emisión".

Benavides argumentó en el juicio que el acuerdo de la Junta de Gobierno Local sobre el corte de suministro y el cambio de cerraduras de las instalaciones -la caseta del Rancho Río Verde, donde se ubicaba la antena de la televisión, y la Casa de la Cultura- se adoptó al detectar irregularidades en la concesionaria, aunque el juez cuestionó que la decisión no se publicara en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sin embargo, los magistrados encargados de revisar el fallo, contra el que Benavides interpuso recurso de apelación, consideran que no ha quedado acreditado que los motivos que llevaron al alcalde a ordenar el cambio de cerraduras tuvieran como finalidad impedir a la empresa denunciante emitir y resolver así el contrato que les unía.

"Las meras sospechas de que el alcalde estaba detrás de todo y que se orquestaron estas maniobras para echarlos y darle la concesión a otra persona no constituyen prueba, y los hechos hay que probarlos, no basta con lanzar un rumor", agrega el fallo de la Audiencia.

Tras conocer la sentencia, el alcalde ha declarado que siempre confió en que su actuación en este asunto se había desarrollado "en la más absoluta legalidad", y ha incidido en que su "obligación siempre ha sido la de defender los intereses del Ayuntamiento y de los vecinos de Almuñécar", por lo que tenía "absoluta confianza" en que la Justicia así lo entendería.

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